La circunstancia más común que puede darse cuando empeora la situación de salud de una persona o sus condiciones psíquico-físicas es que sea candidata para valorar su situación de dependencia. El marco legislativo que regula este supuesto es la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. En ella se establecen diferentes grados de dependencia (moderada, severa, gran dependencia), y según el grado reconocido, tendrás acceso a distintos servicios y prestaciones.
>> ¿Qué es la dependencia?
Es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, junto con la falta o pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o de ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria; o en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, necesitan de otros apoyos para su autonomía personal.
>> ¿Quiénes pueden solicitarla?
Cualquier ciudadano/a con residencia legal en España durante al menos cinco años, de los cuales dos deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud, y estar empadronado/a en Castilla y León.
>> ¿Cuál suele ser el plazo de resolución?
El plazo máximo entre la fecha de entrada de la solicitud y la de la resolución de reconocimiento de la prestación será de 6 meses. En el caso de menores de tres años se dictará en el plazo máximo de 30 días naturales.
PASO 1: obtener la solicitud
En la página web de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León, podrás acceder al apartado de “Reconocimiento de situación de Dependencia” donde encontrarás el documento de solicitud, así como otros que deberás incorporar en el trámite.
PASO 2: rellenar la solicitud
a) Pon tus datos personales. Si tienes doble nacionalidad, indica ambas. Si resides en un centro o residencia, especifica su dirección. Y si eres extranjero, incluye tu número de extranjería en el apartado del DNI.
b) ¿Quién te representa? Si eres menor de 18 años, tu representante será quien ejerza tu guarda y custodia. En caso de estar en acogida, te representará tu tutor legal. Si tienes un representante legal, o eres el de otra persona, deberás aportar la documentación que lo acredite una vez selecciones la opción en la solicitud.
c) ¿Dónde recibirás las notificaciones? Puedes elegir recibirlas por correo postal en tu domicilio, en el de tu representante o en el de otra persona que hayas indicado a efecto de notificaciones. En el caso de que elijas notificación electrónica, recibirás los avisos en el correo electrónico que conste en tu solicitud.
d) Empadronamiento. Deberás indicar dónde y en qué periodos has residido.
e) Indica tus antecedentes. Si ya has estado en proceso de valoración, si ya tienes un grado de dependencia reconocido o alguna prestación reconocida, también si tienes certificado de discapacidad y qué tipo de discapacidad o enfermedades específicas como la ELA (esclerosis lateral amiotrófica).
f) ¿Por qué presentas la solicitud? Para valorar o revisar la situación de dependencia, e indicar qué prestaciones solicitas.
g) Por último, deberás indicar los datos de la unidad familiar y la capacidad económica, así como los datos bancarios, en el caso de que la prestación a recibir sea económica.
PASO 3: ¿cómo y dónde presentarla?
a) ¿A quién va dirigida? A la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la provincia en la que residas (Sección de Prestaciones de Dependencia).
b) ¿Dónde la presentas? En las gerencias territoriales de Servicios Sociales, en Puntos de información o Atención al Ciudadano, en las Oficinas de Registro de los ayuntamientos, en Diputaciones Provinciales, en otras oficinas de Registro Único y en las oficinas de Correos, o acudir a tu CEAS Centro de Acción Social más cercano. También puedes presentarla a través del registro electrónico, siempre y cuando cumplas los requisitos.
PASO 4: documentación necesaria
a) Informe sobre condiciones de salud.
b) Documentación acreditativa de los ingresos indicados y datos bancarios.
c) Certificado de empadronamiento de residencia en un municipio de Castilla y León.
d) Documentación acreditativa de la representación, en su caso.
PASO 5: valoración y PIA
a) Tras la recepción de la documentación, y posible subsanación, un/a profesional se desplazará al lugar de residencia habitual de la persona para realizar una valoración y determinar su capacidad individual para llevar a cabo por sí misma, de una forma adecuada, y sin apoyos de otra u otras personas, actividades o tareas en su entorno habitual.
b) Programa Individual de Atención (PIA): Tras la valoración y el reconocimiento del grado de dependencia, se elaborará un PIA, que es el documento que establece los servicios y prestaciones más adecuados a tus necesidades.
PASO 6: reconocimiento y elección de servicio o prestación económica
Una vez reconocida la situación de dependencia y su grado (I: moderada, II: severa, III: gran dependencia), el SAAD te ofrece una variedad de opciones:
a) Servicios: Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), teleasistencia, centro de día y de noche, residencia, de prevención de las situaciones de dependencia y de promoción de la autonomía personal.
b) Prestaciones económicas: cuidados en el entorno familiar, asistencia personal y vinculada al servicio.